Contrato de Suscripción
Cláusulas Generales

Entre: de una parte, la empresa BUSINESS MAIL & CARGO, SRL organizada de conformidad con las leyes de la República Dominicana y domiciliada en la ciudad de Santo Domingo, representado por quien firma en el dorso el presente contrato de servicio, quien en lo adelante se denominará “BUSINESS MAIL & CARGO, SRL” y de la otra parte, el firmante del registro de membresía, quien en lo siguiente del presente se denominará, “USUARIO”. Se ha convenido y pactado lo siguiente:

Primero: EL USUARIO por medio del presente acto es miembro del BUSINESS MAIL & CARGO CLUB, disfrutando como tal de todos los servicios que ofrece BUSINESS MAIL & CARGO, SRL sujeto a las estipulaciones establecidas en el presente contrato y los procedimientos establecidos y por establecer para una mejor presentación de los servicios de BUSINESS MAIL & CARGO, SRL.

Segundo: BUSINESS MAIL & CARGO, SRL otorgará una dirección postal y una dirección física al USUARIO, dentro del territorio de los Estados Unidos, otorgándole para tales fines, previo pago, una membresía, que deberá renovar anualmente, de acuerdo a las tarifas vigentes. Queda expresamente establecido que el pago de esta membresía no incluye pago alguno de los servicios que le ofrecerá el BUSINESS MAIL & CARGO CLUB.

Tercero: EL USUARIO para recibir sus correspondencias y paquetes del extranjero deberá indicar que las mismas sean enviadas a la dirección postal que aparezca en la tarjeta de USUARIO para ser transportadas a la República Dominicana.

Cuarto: EL USUARIO para recibir el servicio de carga aérea deberá indicar bien que las mismas sean enviadas a la dirección física de carga que aparece en la tarjeta de USUARIO para ser transportada a la República Dominicana.

Quinta: Para depositar en el correo de los Estados Unidos las correspondencias que le sean entregadas por el USUARIO en las oficinas locales de BUSINESS MAIL & CARGO, SRL en Santo Domingo, el USUARIO, deberá traer las mismas abiertas para su verificación y se compromete en aceptar las restricciones que internacionalmente establecen las autoridades al respecto. Cuando los paquetes y documentos de acuerdo a sus características, requieran ser enviados por otro medio de transporte BUSINESS MAIL & CARGO, SRL le asesora a que utilice empresas reconocidas, sea éstas aéreas, terrestres o courrier.

Sexto: BUSINESS MAIL & CARGO, SRL ofrecerá facilidades al USUARIO, para que pueda realizar compras por catálogo en el extranjero en almacenes o tiendas especializadas. Así mismo BUSINESS MAIL & CARGO, SRL a nombre y por cuenta del U SUARIO, podrá realizar compras cuando se le solicite.

Séptimo: BUSINESS MAIL & CARGO, SRL otorga la facilidad de realizar a nombre y por cuenta del USUARIO, las gestiones aduanales para el retiro de sus paquetes de acuerdo a las leyes y reglamentos que al respecto rigen y/o establezcan las autoridades dominicanas.

Octavo: BUSINESS MAIL & CARGO, SRL cobrará al USUARIO las tarifas y cargos vigentes al momento que se le preste cualquiera de los servicios señalados en el presente contrato. Cuando se produzca cualquier variación al respecto BUSINESS MAIL & CARGO, SRL le comunicará al USUARIO de los mismos.

Noveno: BUSINESS MAIL & CARGO, SRL ofrece una cobertura de seguro al USUARIO por sus envíos expresos y transporte de carga aérea. Dicha cobertura se regirá de acuerdo a los procedimientos y a la tabla de valorizaciones vigentes al momento de producirse el hecho y será efectiva cuando el cliente haya previamente coordinado y notificado por escrito a BUSINESS MAIL & CARGO, SRL antes del embarque de la mercancía.

Décimo: Si cumplido los cuarenta y cinco (45) días de BUSINESS MAIL & CARGO, SRL haber comunicado al USUARIO de la llegada de su correspondencia o paquetes y este no los haya retirado, BUSINESS MAIL & CARGO, SRL se reserva el derecho de disponer de los mismos.

Decimoprimero: El incumplimiento del pago de los servicios de BUSINESS MAIL & CARGO, SRL de parte del USUARIO, es motivo suficiente de rescisión del presente contrato, previo aviso otorgando un plazo de 30 días, sin intervención judicial alguna, pero no exime a que BUSINESS MAIL & CARGO, SRL cobre por cualquier vía al USUARIO las sumas adecuadas.

Decimosegundo: Queda entendido que el USUARIO el único responsable ante las autoridades nacionales y extranjeras de los efectos transportados a través de BUSINESS MAIL & CARGO, SRL aunque estas vengan a nombre de sus representados. Así mismo, las partes acuerdan que este contrato se rige por las leyes de la República Dominicana, sobre transporte de paquetes y muestras comercia les, leyes y reglamentos aduanales, leyes sanitarias y las que rigen el código postal internacional.

Decimotercero: El presente contrato tendrá una vigencia de un año, que regirá a partir de la firma del mismo, renovándose automáticamente a menos que una de las partes haya expresado su deseo de rescindirlos, para la cual tendrá que comunicarlo con treinta (30) días de anticipación a su vencimiento.

Decimocuarto: El presente contrato se rige por las leyes de la República Dominicana y eligen como direcciones físicas las enunciadas en el presente contrato.